#YoMeQuedoEnCasa. El Ayuntamiento de Madrid se ha sumado a esta iniciativa italiana para alentar a los ciudadanos a permanecer en sus domicilios y ejercer su responsabilidad personal para contribuir a evitar la propagación del coronavirus en la ciudad. Es una medida más, alineada con el llamamiento que hizo ayer el alcalde a todos los ciudadanos y, en especial, a los más jóvenes para, entre todos, afrontar la actual crisis sanitaria. La campaña operativa ya en redes sociales y el mupis digitales de la ciudad, empezará a rotar esta tarde en las pantallas de la plaza del Callao y, a partir del lunes, en las de Gran Vía y Madrid Río.
Pero en esa permanencia domiciliaria, la puerta del Ayuntamiento sigue abierta. Para facilitar cualquier trámite administrativo o tributario sin desplazarse a las oficinas municipales, el Ayuntamiento lleva “la ventanilla” a las casas de los madrileños de forma telemática, para que puedan seguir realizando los trámites que necesiten. La sede electrónica es ese acceso que no tiene horario de cierre.
Todas las solicitudes que se realizan a través de Registro se pueden presentar vía online. Lo mismo sucede con el pago de deudas, que puede hacerse con tarjeta en esa misma dirección o en el teléfono 010, y con los aplazamientos y fraccionamientos de las mismas, tanto en período voluntario como en ejecutiva. Solo hay que presentar la solicitud a través de esta web. Para las domiciliaciones para el pago de impuestos periódicos (pago único/PAC/SEP), de nuevo hay dos canales para hacer la solicitud: el teléfono 010 y la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (Mi carpeta).
En materia de plusvalías, las autoliquidaciones con cuota a ingresar se realizarán a través de este enlace. Los plazos para cumplir estos trámites son de 30 días en caso de transmisiones intervivos, y de seis meses, prorrogables hasta un año, en caso de transmisiones mortis causa.
Para realizar un cambio de titularidad en el Catastro, la solicitud puede hacerse en cualquier momento de la transmisión. Si el caso fuera urgente, se puede hacer aquí o en el Catastro.
La emisión de cartas de pago en ejecutiva o justificantes se hará en esta dirección.
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